jueves, 13 de febrero de 2014

Dilemas éticos de la resistencia civil


DILEMAS ÉTICOS DE LA RESISTENCIA CIVIL

 

Javier Brown César

Artículo publicado originalmente en la Revista Bien Común y gobierno

El movimiento de resistencia debe enseñar la libertad y la democracia


 

Adam Michnik


 Artículo
Cuando en 1891 Mohandas Gandhi  se traslada a Natal y decide no aceptar la injusticia como parte del orden natural de Sudáfrica y defender su dignidad como indio y como hombre, concibe el fundamento de la resistencia pasiva -el satyagraha[1]-, y el método para reparar la injusticia basado en el sufrimiento para resistir al adversario sin rencor y en la lucha sin violencia. Durante el presente siglo, la no-violencia ha sido una estrategia exitosa, para oponerse a decisiones o leyes injustas, a la discriminación racial, al corporativismo, etc., y se ha aplicado de manera exitosa en Rusia, Alemania, la India, México, Estados Unidos, Noruega y Corea del sur, entre otros países. Los resultados logrados en estos países evidencian  su eficacia, pero el dilema ético se ha planteado también: ¿es legítima esta forma de lucha? ¿Si es legítima, bajo qué tipo de circunstancias y bajo qué condiciones debe darse?
 
LA CUESTIÓN ÉTICA
 
La resistencia civil, es un movimiento organizado que se origina en un conflicto de intereses entre el gobierno y la sociedad civil, buscando esta última la solución a través de la oposición a ciertos actos de gobierno o inclusive manifestando de manera abierta, la desobediencia a actos emanados de la autoridad o a determinadas leyes. La resistencia civil es una de las tantas formas como dos o más poderes pueden oponerse entre sí. Las formas de oposición pueden ser más o menos violentas, pudiéndose establecer un continuo que va de la Revolución, hasta la lucha política no-violenta.
 
En su teoría general de las revoluciones, Aristóteles establece que “todos los sistemas políticos, por diversos que sean, reconocen ciertos derechos y una igualdad proporcional entre los ciudadanos, pero todos en la práctica se separan de esta doctrina”[2]. La separación que se da entre los derechos que deberían ser reconocidos por el sistema político y los derechos realmente reconocidos es causa de múltiples injusticias y puede llevar a la revolución. Las revoluciones proceden o empleando la violencia o la astucia o una combinación de las dos. “La violencia puede obrar desde luego y de improviso, o bien la opresión puede venir paulatinamente; y la astucia puede obrar también de dos maneras, pues primero, valiéndose de falsas promesas, obliga al pueblo a consentir en la revolución, y no recurre sino más tarde a la fuerza para sostenerla contra su resistencia... En segundo lugar, la simple persuasión basta veces para que la astucia conserve el poder con el consentimiento de los que obedecen, así como fue bastante para que lo adquiriesen”[3].
 
En la concepción marxista, toda revolución consiste en una transformación violenta surgida del antagonismo de clases, o de la contradicción entre el movimiento de las fuerzas productivas y el estado de las relaciones sociales, con el fin de hallar una forma armónica entre ambos. Así, el problema de la legitimidad de la revolución (¿es la revolución un medio legítimo para librarse un pueblo de la opresión de un tirano...?[4]) lleva implícito la justificación de la violencia o incluso en algunos casos, la apología de la misma. La lucha política no violenta, por su parte, prescinde de la violencia para armonizar los antagonismos.
 
A pesar de sus diferencias, la revolución y la lucha política no-violenta llevan implícito, en el fondo, un dilema ético común: ¿es justo oponerse a la injusticia[5]? Si suponemos, a priori, que tanto la revolución como la lucha política no-violenta buscan el mismo fin[6], el dilema ético se plantea entonces en el terreno de los medios más adecuados para llegar a la armonía política y social.
 
ALGUNOS MOMENTOS DEL DEBATE
 
En la segunda mitad del siglo V a.C., el sofista Hippias de Elis distinguió entre la ley natural y las leyes civiles: las leyes civiles tiranizan a los hombres y les obligan a acciones contrarias a la naturaleza, por lo que la ley natural debe prevalecer sobre éstas. La distinción entre estos “ámbitos de legalidad” ha sido fundamental, no sólo para la teoría estoica[7] originada en Zenón de la necesaria adecuación de las normas humanas a las normas naturales, que supone la ejemplaridad de las últimas, sino también para el iusnaturalismo posterior. Toda concepción iusnaturalista lleva implícita la concepción de que la ley humana es siempre perfectible y que su modelo es una ley anterior, inscrita en lo más profundo de la naturaleza humana. Cuando la ley humana atenta contra la ley natural se da un conflicto “legal” que puede causar injusticia, opresión o muerte.
 
Uno de los más grandes esfuerzos de la filosofía platónica es el esclarecimiento de aquellas virtudes que están ordenadas a la vida pública, para la conformación de un Estado ideal a partir de una práctica diferenciada de la virtud de acuerdo a un esquema pedagógico progresivo y selectivo. El dilema planteado en el diálogo Gorgias se refiere a la virtud de la justicia y se puede resumir así: ¿es peor ser víctima de una injusticia o cometer una injusticia?[8]; esta pregunta sigue teniendo un gran valor en nuestros días. Si la justicia es una virtud eminentemente política que tiende al establecimiento de un orden, entonces ser injusto es romper o alterar este orden y atentar entonces contra la comunidad política. Por ello, oponer a una injusticia otra injusticia, equivale a causar(se) más daño del que ya se ha ocasionado. He aquí entonces un primer matiz fundamental: la forma de oponerse a la injusticia no debe ser, en sí misma, causa de injusticia; el principio es: no oponer actos iguales a actos iguales (violencia con violencia, calumnia con calumnia, etc.). Sólo así se garantiza la plena justificación moral de la lucha contra la injusticia[9].
 
Existe además otro matiz importante en la cuestión: no sólo es justo oponerse a la injusticia, sino que es también moralmente necesario: “Cometer la injusticia no es… más que el segundo mal en cuanto a la magnitud; pero cometerla y no ser castigado, es el primero y el más grande de los males”[10]. De ahí que tolerar la injusticia no sólo garantiza la impunidad, sino que también puede legitimar la opresión o lo que es peor, el totalitarismo[11].
 
El dilema es llevado por Santo Tomás de Aquino al plano legal en la Suma Teológica. La quaestio[12] es que: “Parece que quien está sujeto a la ley no puede actuar si no es ajustándose a sus términos”. Tres argumentos se dan a favor: 1º. Una vez que las leyes se han establecido no es lícito juzgarlas, más que en sus propios términos. 2º. Sólo pueden interpretar la ley quienes la han instituido. 3º. No se puede interpretar el pensamiento del legislador, sino de acuerdo a los términos de la ley. Los argumentos parecen sólidos, pero Santo Tomás responde negativamente a la quaestio: “... toda ley se instituye para el bien común de los hombres, y tiene fuerza de ley en tanto se dirige a tal fin; pero si se aparta de él, ya no tiene fuerza obligatoria”[13]. (I-II q. 96 a 6). Así, la condición para que una ley sea desobedecida es que atente contra el bien común, de alguna manera; pero por la misma razón, todo acto de resistencia no debe atentar tampoco contra el bien común: por ejemplo: deben respetarse los espacios y los bienes y servicios públicos, deben respetarse las propiedades y el tiempo de las personas, etc. Es en estos aspectos donde la resistencia civil se opone de la manera más clara a los movimientos denominados revoluciones, los cuales conllevan daños a personas, propiedades, espacios, bienes y servicios[14].
 
En este siglo, Ronald Dworkin plantea la cuestión respecto a un dilema eminentemente práctico: “¿Qué trato ha de dar el gobierno a quienes desobedecen las leyes de reclutamiento por motivos de conciencia?” La cuestión es ubicada nuevamente en el plano eminentemente legal: “La Constitución funde problemas jurídicos y morales, en cuanto hace que la validez de una ley dependa de la respuesta a complejos problemas morales, como el problema de si una ley determinada respeta la igualdad inherente de todos los hombres. Esta fusión tiene importantes consecuencias para los debates referentes a la desobediencia civil...”[15].
 
La respuesta dada por Dworkin se basa en la diferenciación entre dos niveles o tipos de normatividad: “Toda norma jurídica se apoya, y presumiblemente se justifica, en virtud de un conjunto de directrices políticas que supuestamente favorece y de principios que supuestamente respeta. Algunas normas (por ejemplo, las leyes que prohíben el asesinato y el robo) se apoyan en la proposición según la cual los individuos protegidos tienen derecho moral a verse libres del daño proscrito. Otras normas (por ejemplo, las disposiciones más técnicas contra los monopolios) no se basan en suposición alguna de un derecho subyacente; el apoyo les viene principalmente de la supuesta utilidad de las directrices económicas y sociales que promueven, y que pueden estar suplementadas por principios morales...que sin embargo no consiguen el reconocimiento de un derecho moral contra el daño en cuestión”[16].
 
De ahí que la respuesta dada por Dworkin parezca concluyente respecto al caso planteado, ya que la ley que desobedecieron quienes se negaron a enlistarse para la guerra de Vietnam, cae dentro del espectro de aquellas normas que se basan en la utilidad de las directrices sociales que promueven, las cuales no implican el reconocimiento de un derecho moral contra el daño en cuestión: “si los hombres hubieran propiciado la violencia o infringido de alguna manera derechos de otros, se habría justificado el enjuiciamiento”[17].
 
De aquí también el que la desobediencia contra las normas que se apoyan en derechos reconocidos no deba ser tolerada: . “... si un determinado principio de derecho representa una decisión oficial [en el sentido] de que los individuos tienen un derecho moral a verse libres de cierto daño, ése es un poderoso argumento para que no se toleren violaciones [susceptibles de] infligir esos agravios. Por ejemplo, las leyes que protegen a la gente de daños personales o de la destrucción de su propiedad representan de hecho ese tipo de decisión, y éste es un argumento my fuerte para no tolerar [formas de] desobediencia civil que impliquen violencia]”[18].
 
EL FUTURO DE LA RESISTENCIA CIVIL
 
A la luz de las cuestiones éticas planteadas y dados los horrores derivados de las guerras que hemos vivido durante este siglo, es importante considerar que la resistencia civil, como forma de lucha política no-violenta, es una alternativa viable para oponerse a medidas injustas emanadas del poder público. Pero la resistencia civil, para ser viable, debe de darse con adjetivos, o sea, ser de carácter no-violento. De ahí que la forma moral y legítima de la resistencia civil sea fundamentalmente como lucha política no-violenta o como resistencia civil activa y pacífica (RECAP). Otro tipo de acciones de resistencia que conlleven violencia son moralmente cuestionables.
 
Existe una especie de un umbral de tolerancia respecto a todo acto de resistencia civil: por el lado del gobierno, el umbral se da respecto a las acciones de resistencia civil que involucran daños a los derechos de otros o que hacen uso de medios violentos. Por el lado de la sociedad civil, hay un umbral de tolerancia respecto de la injusticia, cuando este umbral se traspasa, la injusticia no es ya soportada[19] y se puede llegar a la organización de la sociedad para promover acciones de resistencia civil, las cuales se encuentran moralmente justificadas y deben además realizarse para “castigar” la injusticia.
 
Finalmente, existen un conjunto de principios generales, que la resistencia civil no violenta debe contemplar para garantizar su legitimidad moral:
 
1º. La resistencia civil se justifica plenamente para oponerse a actos injustos que emanen del poder público; y no sólo se justifica moralmente, sino que, ante injusticias graves, se impone como una especie de “deber”.
 
2º. Toda forma de resistencia civil debe contemplar la absoluta diferenciación con respecto a los actos provenientes del poder público, de ahí el que sea necesario deslindar con claridad las estrategias y tácticas públicas de las privadas[20]. La resistencia civil tiene un origen eminentemente privado, por lo que cualquier forma de intromisión o manipulación por parte del gobierno de las acciones de resistencia civil, contiene un elemento de corrupción o de penetración o infiltración subrepticia.
 
3º. De acuerdo al principio ya establecido (a actos iguales no deben oponerse actos iguales), la resistencia civil debe oponer justicia a la injusticia, no-violencia a la violencia y orden al desorden[21].
 
4º. Las medidas de resistencia civil no deben atentar contra el conjunto de condiciones materiales y espirituales que constituyen el bien de la comunidad y tampoco contra los derechos reconocidos en la ley a las personas[22] (derecho de propiedad, de libre asociación, de libre tránsito, de libre expresión e imprenta, etc.). Si se diera el caso en que se atentara contra el bien común o contra los derechos de terceros, el mal ocasionado no debe ser mayor al mal que se busca reparar.


[1] Los Vedas, textos de carácter religioso que caracterizan el llamado primer período de la literatura sánscrita (antes del siglo IV a.C.), establecen dos pares de metas para toda persona: dharma-artha (moralidad-riqueza); y kama-mocksha (deseo-liberación). Estas metas son alcanzadas mediante la práctica del amor, regulada por sathya (la verdad), dharma (la rectitud) y shanti (la ecuanimidad). Sathya, la verdad, es un poder que libera, pero no de manera violenta, sino a través del amor que ilumina al corazón y despoja la duda y las tinieblas.
[2] Política, VIII, 1
[3] Ibid, VIII, 3
[4]Esta pregunta es (re)planteada por Kant en el contexto de una propuesta de Paz perpetua basada en la aceptación universal de un conjunto fundamental de principios de las relaciones internacionales, que puedan garantizar la paz entre los pueblos. Cfr. La paz perpetua, Apéndice, II, Axioma 1º.
[5] Con esto no quiero decir que todos los problemas que se encuentran detrás de la legitimidad de la resistencia civil, la revolución y la independencia, entre otros movimientos, deban reducirse a este argumento, lo cual sería llegar a un reduccionismo ético extremo.
[6] Concebido como la armonización de intereses a partir del establecimiento de un orden distinto al prevaleciente en el momento.
[7] Esta teoría parte de la concepción de que el hombre es una parte mínima del Universo y que todo en el Universo y en la Naturaleza es bueno, perfecto, ordenado y determinado por la Razón y la Providencia divina. Por ello, el hombre debe ajustar su conducta y sus los seres hacia la armonía universal.
[8] “… si fuera absolutamente preciso cometer una injusticia o sufrirla, preferiría sufrirla a cometerla”.
[9] Un ejemplo de la aplicación de este principio se dio en Polonia la década pasada: “... el movimiento polaco no ha crecido asemejándose a sus oponentes; su respuesta a la violencia totalitaria y a la mentira no han sido la violencia y la mentira... al contrario, con una rotura radical ha cedido completamente estos instrumentos a su adversario gubernamental y ha buscado su fuerza en fuentes totalmente diversas que incluyen especialmente las actividades pacíficas multitudinarias de una vida civil”. Jonathan Schell. “La lucha no-violenta en Polonia y lo que podemos aprender de ella”. En Señal, No. 1607, septiembre de 1990, p. 25
[10] Platón, Op. cit.
[11] La cuestión planteada por Erich Fromm en El miedo a la libertad es ¿cómo es posible que un pueblo libre como lo era el alemán, haya estado dispuesto a someterse a un régimen fascista? La tesis que desarrolla Fromm es simple: ante una situación inusual de libertad garantizada por el desarrollo económico, el hombre no sabe qué hacer con esta libertad ganada, así que se somete a figuras carismáticas que determinan el uso o no-uso de la libertad recién conquistada.
[12] La quaestio escolástica deriva de la lectio (o lectura de las Escrituras acompañada de comentarios literales o alegóricos) y consiste en preguntas que surgen espontáneamente ante la dificultad inherente a los textos leídos o glosados.
[13] I-II, q. 96, a. 6, ad resp.
[14] “El uso de la violencia destruye los fines y los medios al mismo tiempo”. Jonathan Schell, Op. cit.
[15] Ronald Dworkin, Los derechos en serio, Barcelona, Planeta, 1993, p. 276.
[16] Ibid., p. 319
[17] Ibid., p. 321
[18] Ibid., p. 319
[19] Dice Gandhi que “Si un gobierno comete una grave injusticia, el súbdito debe retirar su cooperación total o parcialmente, de manera suficiente para apartar al gobernante de su iniquidad”. Citado por Czeslaw Milosz en Adam Michnik. Cartas desde la prisión y otros ensayos, México, Jus, 1992, p. 5
[20] La obra clásica al respecto es The politics of nonviolent action de Gene Sharp. El autor enumera 198 diferentes tácticas no-violentas clasificadas en tres grupos: 1. Tácticas de persuasión y protesta. 2. Tácticas de no-cooperación económica, social y política. 3. Tácticas de intervención política.
[21] Aunque también se puede oponer a un “orden” totalitario y represivo un orden libre, democrático y plural.
[22] Dentro de las tácticas que propone Gene Sharp, las llamadas de máxima fuerza (como desobedecer a agentes coactivos del adversario, realizar elecciones paralelas, llevar a cabo una huelga general o establecer un sistema fiscal paralelo) son las que podrían llevar a mayores daños, pero aún así, sus posibilidades para atentar contra el bien común o contra los derechos de terceros no son tan grandes.

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